Imposición y pagos de Transferencias

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- La transferencia bancaria es una operación en la que el titular de una cuenta disponible a la vista (ordenante) ordena a su banco que transfiera una suma de dinero a otra cuenta, perteneciente al mismo cliente que dio la orden o a otra persona distinta (beneficiario).

- Requiere así esta operación la existencia de dos cuentas: la vinculada al ordenante (cliente que ordena la transferencia y cuya cuenta ha de ser debitada) en su banco, y la que existe entre el beneficiario (cliente designado por el ordenante en el orden de transferencia cuya cuenta ha de ser acreditada).

Las transferencias pueden ser enviadas o recibidas desde o hacia:

- Otras Sucursales del BPA.

- Otros Bancos Nacionales

* Sucursales del Banco Metropolitano.

* Sucursales del Banco de Crédito y Comercio.

* Sucursales del Banco Financiero Internacional.

* Sucursales del Banco Internacional de Comercio S.A.

- Bancos en el Extranjero.

- Instituciones Cubanas.

* FINCIMEX.

* ANTEX.

* Ministerio de Cultura.

- Instituciones Extranjeras

* Consulado General de España.

Escrito por Portal Gobierno
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