Imposición y pagos de Transferencias
- La transferencia bancaria es una operación en la que el titular de una cuenta disponible a la vista (ordenante) ordena a su banco que transfiera una suma de dinero a otra cuenta, perteneciente al mismo cliente que dio la orden o a otra persona distinta (beneficiario).
- Requiere así esta operación la existencia de dos cuentas: la vinculada al ordenante (cliente que ordena la transferencia y cuya cuenta ha de ser debitada) en su banco, y la que existe entre el beneficiario (cliente designado por el ordenante en el orden de transferencia cuya cuenta ha de ser acreditada).
Las transferencias pueden ser enviadas o recibidas desde o hacia:
- Otras Sucursales del BPA.
- Otros Bancos Nacionales
* Sucursales del Banco Metropolitano.
* Sucursales del Banco de Crédito y Comercio.
* Sucursales del Banco Financiero Internacional.
* Sucursales del Banco Internacional de Comercio S.A.
- Bancos en el Extranjero.
- Instituciones Cubanas.
* FINCIMEX.
* ANTEX.
* Ministerio de Cultura.
- Instituciones Extranjeras
* Consulado General de España.
- Detalles
- Escrito por Portal Gobierno
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Pero si realiza la trasferencia en una de nuestras sucursales, se le cobra una comisión de un 5% para el CUP y un 0.50% para el CUC, aplicable al importe que usted desee transferir, siendo el valor máximo de la comisión de 30 CUP y 20 CUC, en dependencia de la moneda en la que usted realice la transferencia. Cualquier otra inquietud puede contactar con nosotros por esta vía o visitar nuestras sucursales. Saludos cordiales
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