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- Las cuentas podrán abrirse siempre y cuando se autorice por el Director Provincial, de forma individual, indistinta o conjuntas e incluso representando a menores de los cuales sean padres o tutores.
- El importe mínimo de apertura es de $50.00 EUROS y siempre debe mantenerse como saldo mínimo esa misma cantidad.
- El importe mínimo para cada depósito es de $20.00 EUROS.
- Estas cuentas no devengan intereses por los saldos depositados.
- Las extracciones se realizaran solo en la sucursal en que está abierta la cuenta.
- Los depósitos pueden realizarse en efectivo desde sucursales del propio Banco, por transferencias desde el propio Banco o desde Bancos extranjeros y por traspaso de saldo desde cuentas en cualquier tipo de moneda de las admitidas en el Banco, al cambio vigente en la fecha del depósito.
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Individuales
Se abre a nombre de una persona natural mayor de 18 años y para su apertura se requiere la presencia de su titular.
Solidaria o Indistinta
Se abren a nombre de dos o más personas naturales mayores de 18 años; para su apertura se requiere la presencia de todos sus titulares y cada uno de los titulares está autorizado a cerrarla sin necesidad de la presencia del otro titular o titulares, ni poder especial, aun en los casos de ausencia definitiva del territorio nacional o fallecimiento de cualquiera de ellos.
Mancomunada
Se abren a nombre de dos o más personas naturales mayores de 18 años; para su apertura y para el cierre de la misma se requiere la presencia de todos sus titulares.
¿Qué se debe presentar en la sucursal para la apertura?
- Carné de Identidad o Medio de identificación correspondiente.
- Efectivo que desea depositar