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Con el propósito de elevar la calidad de vida de un grupo de pacientes que padecen enfermedades crónicas y requieren, como parte de su tratamiento, el uso de equipos de climatización, iluminación y otros, se implementa el procedimiento dispuesto en la comunicación RS 1254 emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios del 4 de septiembre de 2007.
El procedimiento para la evaluación, otorgamiento y control de la protección implica la participación del Ministerio de Salud Pública, La Unión Eléctrica y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, cuyas funciones específicas están contenidas en el manual de procedimientos para la Prevención, Asistencia y Trabajo Social.
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El pago del servicio tiene una cuantía de $ 45.00 mensuales por cada beneficiario, con independencia del tipo de comedor o unidad donde reciba el servicio.
El medio de pago utilizado es la chequera, con cupones correspondientes a los meses con derecho a su disfrute. Es cobrada por el beneficiario en el centro de pago correspondiente, siendo responsable de abonar al comedor o unidad, el costo de los alimentos en efectivo.
Requisitos:
- Estar vinculado al servicio de alimentación y hacer uso del mismo de manera estable.
- No contar con ingresos económicos para el pago del servicio o que sean insuficientes.
- Carecer de familias obligados en condiciones de prestar ayuda.